La Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley de Hidrocarburos, que incluye la cancelación de permisos a empresas expendedoras de gasolinas que vendan combustibles robados o de contrabando.
se aprobó con 292 votos de Morena y sus aliados, mientras se registraron 153 en contra de PAN, PRI, PRD, MC y de los diputados Hugo Rafael Ruiz Lustre de Morena y Alba Silvia García del PES.
Con 11 abstenciones en su mayoría de la bancada del PVEM.
Entre los cambios que formaron parte de la adenda a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, hubo adiciones y reformas al artículo 59 Bis, relativo a la suspensión de los permisos por parte de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) cuando se prevean los peligros expuestos anteriormente.
Así se agregó un texto que obliga a ambas dependencias a notificar al particular al que se le ha suspendido su permiso las causas de dicha suspensión, ya que la iniciativa solo obligaba a informar sobre las razones por las cuales se está procediendo y la afectación que podrían darse en caso de que continúen los actos que ampare el permiso.
Además, el permisionario tendrá 15 días naturales para exponer “lo que a su derecho corresponda y convenga aportar”, como las pruebas que estime pertinentes respecto a la falta que se le impute. Además de 15 días para que la autoridad que haya otorgado el permiso para resolver, considerando los argumentos y pruebas aportadas.
Al respecto se añadió un párrafo que especifica que si al término de la suspensión el particular ya no está en condiciones de continuar cumpliendo con sus obligaciones, la autoridad procederá a la revocación del permiso.
Por último, se agregó un séptimo artículo transitorio que establece las obligaciones de la CRE y del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en cuanto a la medición de los productos, de acuerdo con sus respectivas facultades.