El Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila determinó hacer efectivos los apercibimientos realizados el 30 de marzo a los Partidos Políticos del Trabajo y Redes Sociales Progresistas, a fin de garantizar la Paridad de Género en la postulación y registros de Candidaturas que participarán en el Proceso Electoral Local Ordinario 2021.
Al respecto, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila determinó improcedente la solicitud efectuada por el Partido del Trabajo, consistente en la cancelación de la planilla postulada en el municipio de Acuña, toda vez que con dicha solicitud se afectaba directamente la Candidatura de una mujer y por ende la Paridad de Género. En tanto, y en apego a los Lineamientos, a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de Paridad de Género, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila determinó, mediante sorteo efectuado en la Sesión, cancelar la solicitud de registro de dicho partido en el Municipio de Piedras Negras, para dar cumplimiento así con los Lineamientos de Paridad Horizontal.
Por otra parte, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila al hacer efectivo el apercibimiento realizado al Partido Redes Sociales Progresistas, determinó cancelar la solicitud de registro de dicho Partido Político en el Municipio de Arteaga para este Proceso Electoral Local 2021, donde se renovarán los Ayuntamientos del Estado, Negras, para dar cumplimiento así con los Lineamientos de Paridad Horizontal.
En contraparte, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, en esta misma Sesión Extraordinaria, determinó que se tiene al Partido Encuentro Solidario por cumpliendo con el requerimiento efectuado mediante acuerdo número IEC/CG/087/2021, en relación con la paridad horizontal en términos de los Lineamientos, a fin de garantizar la Paridad de Género en la postulación y registro de las candidaturas que participarán en la elección de quiénes integrarán los treinta y ocho Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, aprobados mediante acuerdo número IEC/CG/151/2021, lo anterior sin prejuzgar sobre el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, así como de la paridad vertical.
De igual forma, se determinó que se tiene al Partido Fuerza por México, por cumpliendo con el requerimiento efectuado mediante acuerdo número IEC/CG/089/2021, en relación con la paridad horizontal en términos de los Lineamientos, a fin de garantizar la Paridad de Género en la postulación y registro de las candidaturas que participarán en la elección de quiénes integrarán los treinta y ocho Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, aprobados mediante acuerdo número IEC/CG/151/2021, lo anterior sin prejuzgar sobre el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, así como de la paridad vertical.