Eugenia Cabriales |Saltillo Coahuila.- Este día se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modalidad de teletrabajo y con ello nuevas obligaciones tanto para patrones como empleados; particularmente los empleadores deberán proporcionar todos los medios para que su empleado desarrolle su trabajo.
Desde proporcionar el equipo de cómputo, darles seguridad social, pagarles en tiempo y forma a cambio de recibir el trabajo de sus empleados.
Respecto a dotar de equipo, este deberá ser instalado y darle mantenimiento para que se realice a distancia el trabajo; desde entregar el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresora.
Además, deberán asumir los costos derivados del teletrabajo, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad
Llevar un registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras bajo la modalidad del teletrabajo.
Y respetar que los empleados tengan una desconexión y descansen después de su jornada de trabajo.
Sobre todo darles capacitación y asesorías para que los empleados puedan realizar su trabajo.
Mientras que los trabajadores deberán: Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón; Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo;
También, la de obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón; y atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades.
Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.