La Ley Federal que regula el uso del cannabis tendrá un impacto en las ganancias y actuación del crimen organizado dedicado al tráfico de drogas en México, debido a que se va a trasladar a un mercado ilegal a la legalidad, con criterios bien definidos en cuanto a la producción, comercialización y hasta exportación de la marihuana, advirtió el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila .
Asimismo, asegura que la Cámara de Senadores dio un paso fundamental para derribar mitos, eliminar la criminalización y la prohibición del consumo, además de la discriminación, defendiendo el libre desarrollo de la personalidad y la protección de la salud de los mexicanos y las mexicanas.
Apuntó que por primera vez se crea un marco legal, ya que por persona se permitirá tener para autoconsumo hasta seis plantas, o hasta ocho cuando vivan más de dos en el mismo hogar, además de que podrán adquirir hasta 28 gramos en los lugares regulados.
Mientras que las personas que estén en posesión de hasta 200 gramos, serán sujetos a multas económicas, pero no a la privación de la libertad, contrario a como ha sucedido con las más de 18 mil que actualmente están procesados y privados de su libertad, de acuerdo con el INEGI.
Además, la regulación empodera a los grupos vulnerables, a los pueblos y a las comunidades indígenas, a campesinos y a ejidatarios, a comunidades agrarias en situación de marginación, a los que por su condición resultaron afectados por el sistema prohibicionista, señaló.
Queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de dieciocho años o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento libre e informado y que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano; así como realizarlo únicamente en su vivienda.
En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Asimismo, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas.