Redacción | Saltillo, Coah.- La adolescente que fuera violentada sexualmente en la colonia Valle de las Flores, al nororiente de Saltillo, después de salir del CETIS 48 sigue siendo atendida por las autoridades de la Unidad de Atención a Víctimas del Delito, y se constato que se le haya aplicado la Norma de Salud 046.
Respecto a la norma 046, esta debe ser de aplicación por parte de las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, que se debe de ofrecer de inmediato o bien en un máximo de 120 horas después de ocurrido el ataque sexual.
Se debe dar la anticoncepción de emergencia, dando previamente la información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la mujer tome una decisión libre e informada. En caso de embarazo por violación, las instituciones de salud están obligadas a prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo.
En tanto que la Fiscalía General de Coahuila también realiza diligencias para tener más datos de prueba que permitan dar con el probable responsable del ataque y poder girar la orden de aprehensión.
La NOM-046-SSA2-2005, establece que sólo se debe presentar una solicitud por parte de la usuaria mayor de 12 años de edad, en donde, bajo protesta de decir verdad, manifieste que dicho embarazo es producto de violación sexual. En caso de que la usuaria sea menor de 12 años, la solicitud debe ser presentada por el padre, madre o tutor(a).